En Prevenzis Consultoría Integral De Prevención S.L., nuestra empresa en Alicante, realizamos los siguientes servicios relacionados con la protección de datos: adaptación RGPD y LOPD-GDD.
Protección de datos para Empresas desde solo 149€:
Adaptación RGPD, LOPD-GDD y LSSICE para microempresas y PYMES. Personalizada, sencilla y asequible.
Especial empresas:
Servicio especialmente diseñado para microempresas y PYMES. Todo lo que necesitan, ni más ni menos.
Personal especializado:
Profesionales contrastados, con miles de empresas atendidas y años de formación. No ponga su negocio en manos inexpertas.
Documentación personalizada:
No recibirá unos modelos generados automáticamente. Proceso revisado por personas y documentación con los datos de su actividad.
Servicio integral:
Le acompañamos durante el proceso, le asesoramos personalmente y comprobamos que todo esté correcto.
Expertos web:
Especialistas tecnológicos, para la óptima redacción de textos legales (también en inglés) y, si lo desea, la implementación directa en su web.
Servicio LOPD/RGPD ágil:
Su negocio adaptado en pocos días, con posibilidad de hacerlo en 24/48 horas. Cumplimos íntegramente los plazos de nuestras propuestas.
Máxima tranquilidad:
No se arriesgue. Contrate a profesionales para cumplir la LOPD y el RGPD. Confían en nosotros: clínicas, grupos hosteleros, franquicias, inmobiliarias, gestorías, empresas de marketing, etc.
¿Qué incluye?:
Analizamos su tratamiento de datos y recabamos los necesarios para realizar nuestro trabajo.
Redactamos de manera minuciosa el documento de seguridad, contratos, cláusulas, textos web…
Le entregamos la documentación y le asesoramos personalmente sobre su cumplimiento práctico.
Seguimiento, asesoramiento y asistencia para que nunca le sancionen.
En resumen:
Preguntas Frecuentes:
Mi empresa ¿debe cumplir el RGPD/LOPD?:
Casi la totalidad de las empresas deben cumplir las normativas de protección de datos, ya que manejan datos personales de clientes, pacientes, trabajadores, socios, usuarios web, etc.
No importa si son muchos o pocos datos, si los datos son únicamente de contacto, desde qué lugar o cómo se traten: si existe algún tratamiento, existe la obligación, por ley.
El precio es asequible pero ¿incluye lo que necesita mi negocio?:
Llevamos desde 2013 depurando nuestro sistema de trabajo para conseguir la mejor documentación y la mejor protección posible para nuestros clientes y colaboradores a un precio asequible. Pero, aunque sea asequible, incluye sencillamente TODO lo necesario para un correcto y completo cumplimiento del RGPD y la LOPD-GDD en tu negocio.
Además, por si nos equivocamos, contamos con seguro de RC específico de protección de datos y ciberataques, que cubrirá la sanción. De momento, no hemos tenido que dar ni un solo parte.
¿También os encargáis de la web o tienda online?:
Las páginas web y tiendas online (incluyendo también blogs, marketplaces, plataformas, aplicativos web…), además de la LOPD-GDD y el RGPD, deben cumplir también la LSSICE y, si hay pagos online, la “Ley de Defensa del Consumidor” (LGDCU).
Deben tener unos textos legales (por supuesto, adaptados a tu negocio): aviso legal, política de privacidad y de cookies, condiciones de uso y, si procede, de contratación. Pero deben también un aviso de cookies (y bloqueo si son analíticas), una primera capa informativa en los formularios, checks de aceptación, etc.
Nuestro servicio incluye la redacción de los textos, y el asesoramiento para una completa implementación de TODO lo necesario. Y, si no tienes informático/a de mano, la implementación podrá realizarla nuestro propio equipo técnico. Cero complicaciones.
¿Con qué plazos de entrega trabajáis?:
El tiempo de análisis de riesgos y de redacción y entrega de la documentación depende de la dificultad del proyecto, pero en general suele ser inferior a 10 días, salvo en caso de grandes empresas que, por sus características, pueden requerir algo más de tiempo.
Además, disponemos de un servicio exprés opcional. Si lo contrata, le enviaremos la documentación en solo 24/48 horas.
¿Cómo se entrega la documentación?:
Tras el proceso de redacción y la necesaria revisión por parte de nuestros/as asesores/as, pondremos la documentación a su disposición en el área privada de nuestra web. Los documentos serán personalizados con los datos de su negocio (no son modelos para que rellene), independientes (cláusulas, contratos, textos web, etc.) y descargables desde cualquier lugar o dispositivo.
¿Mi empresa debe contratar un DPD?:
Los Delegados de Protección de Datos (DPD), como también las Evaluaciones de Impacto (EIPD), son figuras que nacen con el RGPD solo para determinados casos, que vienen tasados en la LOPD-GDD. Suelen ser necesarios en negocios o actividades que tratan datos sensibles de manera recurrente (como una clínica), empresas grandes o estamentos públicos.
Si tiene dudas, le asesoramos sobre su obligatoriedad o conveniencia, pero nunca le haremos contratar el servicio si no es necesario.
¿Sería posible una adaptación presencial?:
Dentro de nuestros planes de expansión se encuentra la posibilidad de realizar trabajos presenciales, en su propio negocio, si bien es cierto que el COVID-19 ha dificultado esta posibilidad. En cualquier caso, sí, será posible una adaptación presencial en las provincias en las que tengamos presencia física.
Debe tener en cuenta que las adaptaciones presenciales no son necesarias como tal, y son sustancialmente más caras, debido a los desplazamientos del asesor/a, más tiempo dedicado al proyecto, etc.
Profesionales de la privacidad supervisando el cumplimiento normativo en su organización.
Personal especializado:
Profesionales contrastados, con miles de empresas atendidas y años de formación. No ponga su negocio en manos inexpertas.
Asesoramiento de obligatoriedad:
Le asesoramos gratuitamente sobre cuándo es obligatorio contratar un DPD y cuándo es solo recomendable.
Telemático o presencial:
Ahorre hasta un 70% contratando un DPD en modalidad telemática, aunque podemos prestar el servicio presencialmente.
Blinde su empresa:
El delegado le asistirá, le asesorará, realizará auditorías periódicas, responderá las reclamaciones y las peticiones de la AEPD, etc.
Sobre las EIPDs, y todas las obligaciones y derechos en materia de protección de datos.
Nombramiento como DPD, y cooperación con la Agencia Española de Protección de Datos.
Del cumplimiento normativo RGPD y LOPD-GDD, y de las políticas de protección de datos.
Gestión de derechos de los afectados, defensa jurídica y todo lo necesario para su tranquilidad.
El Delegado de Protección de Datos (también conocido como DPO o DPD) es una figura, en algunos casos obligatoria (más abajo indicamos en qué casos), que surge con el RGPD. Su misión, en esencia, es velar por el correcto cumplimiento de las normativas de protección de datos. Nuestro servicio de DPD incluye:
El artículo 37 del RGPD obliga a la designación de un DPD ante la autoridad de control (AEPD) en la práctica totalidad de las Administraciones Públicas (salvo los tribunales de justicia), en caso de un tratamiento de datos masivo (es decir, de un gran número de datos) o bien en caso de tratamiento de categorías especiales de datos (salud, antecedentes penales, etc.) a gran escala. Sin embargo, dada la ambigüedad de estos supuestos, la LOPDyGDD, en su artículo 34, define una serie de entidades obligadas en cualquier caso, entre las que destacan:
No se arriesgue, contrate a profesionales como Delegados de Protección de Datos. Confían en nosotros: clínicas, grupos hosteleros, franquicias, inmobiliarias, gestorías…
En resumen:
¿Debo contratar un DPD?:
Tal y como indicamos en apartados anteriores, la designación obligatoria de un Delegado de Protección de Datos solo debe hacerse en determinados casos, establecidos en el artículo 37 del RGPD y el artículo 34 de la LOPD-GDD.
Algunos casos están muy claros: clínicas, bufetes de abogados, empresas grandes, financieras, centros docentes… Sin embargo, algunos casos no quedan establecidos directamente. Por ejemplo, el artículo 34.1.j. de la LOPD-GDD indica que deben nombrar un DPD: “Las entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito o de los ficheros comunes para la gestión y prevención del fraude, incluyendo a los responsables de los ficheros regulados por la legislación de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo”. Y, si vamos a la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, nos encontramos muchos sujetos obligados, como inmobiliarias, gestorías, fundaciones, despachos de lotería, etc.
Se han realizado múltiples consultas de este último punto ante la AEPD, casi todas resueltas de forma ambigua. Por ello, nuestra postura es la de recomendar la contratación de esta figura en estos casos, toda vez que así lo indica la normativa, al menos hasta que haya una postura clara de las autoridades de control.
Consúltenos gratuitamente y sin compromiso sobre la obligatoriedad de esta figura en su caso concreto.
¿Y si mi actividad no está en la lista?:
La privacidad es un valor cada vez más en auge, y más en el mundo digital actual. Las normativas son cada vez más amplias, más complejas y con sanciones más duras, y los usuarios son cada vez más conscientes de sus derechos. Las reclamaciones ante la AEPD prácticamente se duplican cada año.
Con este panorama, tener una figura como un DPD en su organización, independientemente del sector en el que opere y de su tamaño o facturación, se hace cada vez más recomendable. Nuestros Delegados de Protección de Datos garantizarán el correcto cumplimiento normativo en todo momento, minimizando los riesgos asociados al tratamiento de datos personales.
El precio es asequible pero, ¿incluye lo que necesita mi negocio?:
Llevamos desde 2013 depurando nuestro sistema de trabajo para conseguir la mejor documentación y la mejor protección posible para nuestros clientes y colaboradores a un precio asequible. Pero, aunque sea asequible, incluye sencillamente TODO lo necesario para un correcto y completo cumplimiento del RGPD y la LOPD-GDD en tu negocio.
Además, por si nos equivocamos, contamos con seguro de RC específico de protección de datos y ciberataques, que cubrirá la sanción. De momento, no hemos tenido que dar ni un solo parte.
¿Sería posible un DPD presencial?:
Hoy en día, las barreras tecnológicas se han eliminado por completo, y se pueden realizar actividades que antaño parecían imposibles, y a precios mucho más asequibles. Por eso, nuestros clientes suelen contratar el servicio telemático que, en general, es más que suficiente en la gran mayoría de los casos. Además, el ahorro en costes con respecto a un DPD presencial es entre un 50 y un 75%. Nada despreciable.
Sin embargo si, por el motivo que sea, desea un servicio presencial, podremos ofrecérselo en aquellos lugares donde tengamos presencia física. Consúltenos.
¿Hay compromisos de permanencia?:
Ninguno, solo el período contratado (normalmente, 1 año). Nos daremos de alta en la AEPD como sus DPDs. En el momento en el que decida que dejemos de serlo, solo tendrá que notificárnoslo para que nos demos de baja.
Como referencia, aún no hemos tramitado ninguna baja…
Personal especializado:
Profesionales expertos en protección de datos, con miles de clientes atendidos y años de formación.
Análisis exhaustivo:
Las EIPDs van mucho más allá que un mero análisis de riesgos.
No siempre obligatorias:
Aunque son siempre recomendables, son obligatorias solo en ciertos casos.
La antigua LOPD exigía realizar una Auditoría LOPD externa bianual en ciertos casos (abogados, gabinetes de psicología o logopedia, clínicas…). Con la entrada en vigor del RGPD, las auditorías como tal desaparecen, aunque surge una nueva obligación: la Evaluación de Impacto de Protección de Datos (EIPD).
Las EIPDs consisten en realizar un análisis exhaustivo de los tratamientos de datos que se van a producir (o se están produciendo) en la actividad, orientado hacia la preservación de la integridad y seguridad de la información. Deberá documentarse dicho análisis, asociando cada riesgo a una probabilidad, y midiendo las posibles implicaciones que pudiera tener una brecha de seguridad.
Certificamos que su proyecto web cumple la normativa.
Un sello genera confianza:
Un sello de una empresa externa especializada mejorará la conversión en su web, al aumentar la confianza de los usuarios.
Ventaja competitiva:
Pocas webs de su competencia estarán certificadas, por lo que los usuarios pueden verlas como inseguras o poco confiables.
Rápido y sencillo:
Nuestros técnicos se encargan de todo. Incluso, si lo desea, de hacer los ajustes de cumplimiento necesarios en su web.
Servicio asequible de certificación para todo tipo de páginas web y tiendas online.
Servicios de Certificación Web
Si tiene un proyecto online, sabrá lo importante que es ofrecer confianza a sus potenciales clientes. Nuestro equipo de profesionales se encarga de certificar su página web o e-commerce, revisándola a fondo para comprobar que se cumplen las normativas de protección de datos y comercio electrónico.
Al finalizar, le entregamos un sello de garantía enlazado a una página de comprobación y le mantenemos informado de cambios normativos, para poder reevaluar la web si es necesario.
No se arriesgue, contrate a profesionales para certificar su web con garantías.
Revisión completa de:
Todas las normativas:
Nuestros técnicos especializados realizarán la comprobación de su web, y emitiremos un informe.
Si hay alguna incidencia, le indicaremos cómo corregirla. O lo haremos nosotros, si lo desea.
Al finalizar certificaremos la web con sello de garantía y enlace de comprobación.
Le mantendremos informado de cambios normativos que le afecten, para poder reevaluar la web.
¿Cómo sabrá el usuario que mi web está certificada?:
Tras finalizar el proceso le entregaremos un sello de garantía para incluir en su web. Normalmente, se suele añadir en el footer (al pie) de la misma, o en los textos legales. Junto con el sello, generaremos una página de certificación, dónde especificamos los datos de la web (responsable, datos de contacto, enlace…), la aptitud de la misma, los elementos que hemos comprobado y las fechas de validez.
Así, el usuario que entre en su web y vea el sello de garantía, podrá comprobar que, efectivamente, está cumpliendo con la normativa, aumentando su confianza y mejorando las posibilidades de conversión.
¿También os encargáis de la implementación del sello en mi web?:
Sí. Siempre que lo desee, implementaremos el sello de manera gratuita en su web. Siempre con un enlace “nofollow”, para evitar conflictos de posicionamiento.
¿Qué pasa si mis textos legales no son correctos?:
Si ha contratado nuestro servicio de “Adaptación LOPD/RGPD” para su negocio o su web/e-commerce, le entregaremos unos textos legales adecuados. Pero, si aún no es cliente y desea únicamente el servicio de certificación, nuestro equipo técnico comprobará que sus textos legales sean correctos, y no estén incompletos (u obsoletos).
Si hay alguna incidencia, se lo haremos saber para que lo corrija. Y, si lo desea, podemos redactar nosotros esos textos legales, en castellano y/o inglés, con un descuento especial del 50% al contratar la certificación.
¿Debo renovar el certificado?:
Como todas las certificaciones, éstas tienen un plazo de validez, que en nuestro caso es de un año. Transcurrido el año, nos pondremos en contacto con usted para renovar la certificación, sin ningún compromiso ni permanencia. Lógicamente, dado que ya conocemos la web, el precio de renovación será sustancialmente más económico que el inicial.
Si desea continuar con la certificación externa, evaluaremos de nuevo la web, ampliaremos la validez del certificado y le entregaremos un sello actualizado.
¿Qué pasa si no renuevo el servicio?:
El servicio no tiene ningún compromiso de permanencia. Si desea cancelarlo, puede hacerlo cuando quiera. En ese momento, desvincularemos el sello de su web y eliminaremos el sistema de verificación, por lo que carecerá de certificación externa.
Si tiene cualquier duda acerca de la protección de datos consúltenos